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domingo, 17 de agosto de 2025

La Sexta Noche - El Constitucional avala la ley de amnistía ,. Sabado - 16 , 23, 30 - Agosto ,. / La noche temática - Más formados, esclavos del alquiler y menos feministas: así han cambiado los jóvenes en España ,.Sabado - 16 , 23, 30 - Agosto ,./ Versión Española despide la temporada con el estreno de - Cine - Historias lamentables ,. - Domingo - 17 , 24 , 31 - Agosto ,./ REVISTA DON BALÓN - HABLAMOS - Mundial 3 x3 - Baloncesto - La selección masculina de baloncesto 3x3 logra un histórico oro en la Copa del Mundo,. / Informe Semanal - Todo arde , Toque a fuego en las médulas , . Sabado -16 , 23, 30 - Agosto ,.

 TITULO:  La Sexta Noche -  El Constitucional avala la ley de amnistía ,. Sabado - 16 , 23, 30  - Agosto  ,. 

  El Sabado - 16 , 23, 30 - Agosto a las 21:20 por La Sexta, foto,.

 

El Constitucional avala la ley de amnistía,.

El tribunal asume, por seis votos a cuatro a favor de los progresistas, que el perdón a los líderes independentistas persigue “paliar” los efectos del ‘procés’ y “mejorar la convivencia”,.

 Pleno del Constitucional, reunido este lunes para la deliberación sobre los recursos a la ley de amnistía.

 Pleno del Constitucional, reunido este lunes para la deliberación sobre los recursos a la ley de amnistía.

El Tribunal Constitucional ha aprobado por seis votos a cuatro la sentencia que avala todos los aspectos nucleares de la ley de amnistía. El órgano de garantías considera que la norma sirve al interés público porque facilita la normalización política en Cataluña sin vulnerar la Constitución. La sentencia afirma que “la ley impugnada responde a un fin legítimo, explícito y razonable” y subraya que “todo lo que no está constitucionalmente vedado queda, en principio, dentro del ámbito de decisión del legislador”, de acuerdo con el “principio democrático”. El tribunal precisa, además, que este tipo de leyes solo es “constitucionalmente admisible cuando responde a una coyuntura extraordinaria” y justifica que, en este caso, esa excepcionalidad se concreta “en la crisis constitucional derivada del proceso secesionista catalán”.

La sentencia responde punto por punto a los supuestos motivos de inconstitucionalidad expuestos en el recurso del PP, y solo introduce tachas a tres preceptos de menor entidad de la normal por ejemplo, el marco temporal de la ley. En cualquier caso, el tribunal rechaza que la Constitución prohíba la amnistía “por el solo hecho de no contener una habilitación expresa”. Al respecto, indica que “el silencio constitucional no puede entenderse como una prohibición”, puesto que “todo lo que no está constitucionalmente vedado queda, en principio, dentro del ámbito de decisión del legislador”.

El fallo se refiere a que el procés dio lugar a la apertura de procesos penales y sancionadores para exigir responsabilidades de quienes cometieron delitos y, de hecho, menciona que algunos de ellos están aún en trámite y pendientes de decisión por las autoridades competentes. Esta alusión es importante, porque indica que aún persisten motivos de conflicto sobre la aplicación de la ley, en concreto, en todo lo referido al delito de malversación que el Supremo ha entendido que no queda dentro de la norma.

La tesis del alto tribunal fue que los líderes del procés se habían lucrado con sus proyectos, al disponer de recursos públicos, y no de su propio patrimonio, para financiarlos. Al respecto, el Constitucional ya ha recibido varios recursos de amparo a los que en breve se añadirá el del expresidente de la Generalitat y líder de Junts, Carles Puigdemont, que cuestionan que no se aplique la amnistía a la malversación al considerar que eso supone una interpretación incorrecta de la ley y una vulneración de derechos fundamentales.

Fin “legítimo, explícito y razonable”

Otra de las cuestiones sobre las que ha deliberado el tribunal es acerca de la posible arbitrariedad de la amnistía. Al respecto, el órgano de garantías explica que el tribunal “sólo puede realizar un enjuiciamiento jurídico de la norma impugnada y no un juicio político, de oportunidad o de calidad técnica”. Tampoco considera que se le pueda pedir que indague “los hechos políticos que podrían explicar las intenciones de los parlamentarios que han votado la ley”. Ahí el fallo razona que una cosa es el fin de la ley y otra “la intención última de sus autores”, cuestión ésta en la que el tribunal “no puede entrar”.

En todo caso, el Constitucional considera que la ley responde a “un fin legítimo, explícito y razonable” y destaca el preámbulo de la norma, en el que se expone que “la amnistía tiene como propósito reducir la tensión institucional y política generada por los hechos del ‘procés’ y facilitar un escenario de reconciliación”.

En cuanto a la excepcionalidad de la situación que se pretende resolver con la amnistía, el tribunal argumenta que “se concreta en la crisis constitucional derivada del proceso secesionista catalán”. Dicho proceso, indica el tribunal de garantías, supuso “un desafío sin precedentes al orden constitucional, a la unidad del Estado y a la soberanía nacional, así como una profunda fractura de la convivencia democrática”.

La sentencia también responde a la tesis de que la amnistía quiebra el principio de igualdad. Al respecto, el tribunal explica que es cierto que la ley concede “un trato más beneficioso” a quien hubiera lanzado una piedra en una manifestación independentista que a quien hubiera seguido el mismo comportamiento en una concentración contra un desahucio. Pero subraya que el elemento que la norma toma en consideración para establecer la diferencia de trato no es “la finalidad ideológica perseguida”, sino “el particular contexto socio-político en el que se enmarcan las conductas amparadas por la norma”. El Constitucional concluye que, por tanto, no hay vulneración del principio de igualdad por “el carácter razonable de la finalidad de contribuir a la distensión social”.

El tribunal precisa, además, que el fallo declara inconstitucional el artículo 1.1 de la ley “por omisión, en la medida en que excluye de su ámbito de aplicación a quienes, en el mismo contexto y período, actuaron para oponerse al movimiento secesionista catalán”, amparando por tanto no sólo a quienes delinquieron en acciones para apoyar el procés.

La sentencia niega asimismo que la ley sea contraria a la potestad jurisdiccional de los jueces y la tutela judicial efectiva. El tribunal explica que “no existe un derecho fundamental a exigir la ejecución de una condena penal”, además de que la norma “preserva la posibilidad de reclamar responsabilidades civiles” por los daños causados por los hechos objeto de la amnistía. Y sobre la supuesta vulneración del principio del Estado de Derecho, se argumenta que esta norma no lo vulnera, ya que “no impone presiones, instrucciones ni condicionamientos a la función jurisdiccional, ni altera el estatuto o la organización del poder judiclal”. También se subraya que el fallo “no contiene disposición alguna que implique juicio valorativo sobre la actuación de los órganos judiciales”.

“Mejora de la convivencia”

En cuanto a la supuesta relevancia de la motivación política de la ley, y si fue o no moneda de cambio para la investidura del actual presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en 2023, el Constitucional razona que “corresponde al legislador apreciar las circunstancias que justifican el otorgamiento de la amnistía”, sin que el tribunal “pueda suplantarle en esta tarea”. En todo caso, se rechaza la idea del precio político al apoyo a la investidura al subrayar que la norma “no responde a capricho o mero voluntarismo, al buscar una mejora de la convivencia y de la cohesión social, así como una integración de las diversas sensibilidades políticas, para superar, como objetivo de interés general, las tensiones sociales y políticas generadas con el denominado proceso independentista en Cataluña”.

En la misma línea, se desestima la alegación de los recurrentes relativa a que la ley supone una “autoamnistía”, porque una norma “debatida y aprobada por el Parlamento de un Estado democrático de derecho que contempla la extinción de responsabilidad penal por amnistía no puede calificarse de autoamnistía, propia de sistemas políticos autoritarios o de Estados en transición”. En tales supuestos esas amnistías están “dictadas o autorizadas por quienes se benefician de tal inmunidad o por las instituciones que han perpetrado esos actos o amparado a sus autores, para impedir la investigación y persecución de conductas constitutivas de los más graves crímenes contra los derechos humanos”.

Han votado a favor del fallo elaborado por la ponente y vicepresidenta del tribunal, Inmaculada Montalbán, el presidente Cándido Conde-Pumpido y los magistrados Ramón Sáez, María Luisa Balaguer, Laura Díez y María Luisa Segoviano, todos de la corriente progresista, ahora mayoritaria en el pleno. Los votos en contra han procedido de los miembros del bloque conservador: Enrique Arnaldo, Ricardo Enríquez, Concepción Espejel y César Tolosa, que han formulado votos discrepantes por escrito.

Las tres tachas

La sentencia estima parcialmente el recurso de inconstitucionalidad del PP en lo relativo a tres preceptos menores. Entiende que la ley vulnera el principio de igualdad en su artículo 1 al amnistiar “los actos cometidos con la intención de reivindicar, promover o procurar la secesión o independencia de Cataluña, así como los que hubieran contribuido a la consecución de tales propósitos”, pero no los actos contrarios al desafío independentista catalán.

 

Por otro lado, declara inconstitucional el marco temporal fijado por la ley, que va del 1 de noviembre de 2011 y al 13 de noviembre de 2023, pero añade que también serán amnistiados “aquellos cuya ejecución finalizase con posterioridad a esa fecha”. El Constitucional propone limitar la aplicación de la norma hasta el 13 de noviembre de 2023.

 

Por último, el texto recoge también una interpretación conforme a la Carta Magna del artículo 13.2 de la Ley de amnistía, que obliga a escuchar a la Fiscalía y a las entidades públicas afectadas para pedir el archivo de las causas en el Tribunal de Cuentas, a fin de que incluya también al resto de las partes en esa audiencia previa.

 

TITULO: La noche temática - Más formados, esclavos del alquiler y menos feministas: así han cambiado los jóvenes en España  ,.Sabado - 16 , 23, 30 - Agosto  ,.

 Sabado - 16 , 23, 30 - Agosto  a las 23:40 horas, en La 2, foto,.

 La noche temática - Más formados, esclavos del alquiler y menos feministas: así han cambiado los jóvenes en España ,.
 
 Manifestación por una vivienda digna en Madrid en octubre de 2024.
 
Manifestación por una vivienda digna en Madrid en octubre de 2024.

El Ministerio de Juventud e Infancia publica un informe sobre la juventud, un grupo que se reduce cada vez más,.

 Chavales más educados, con más empleo ―aunque precario―, interesados en la política y polarizados entre ellos; menos feministas ,. 

 

 TITULO:  Versión Española despide la temporada con el estreno de - Cine - Historias lamentables ,. - Domingo -17 , 24 , 31   Agosto ,.

 Somos cine - Historias lamentables

Domingo - 17 , 24 , 31 - Agosto  a las 22:25 por La 2 TVE / foto,.

 

Reparto ,. Pol López, Chani Martín, Laura Gómez-Lacueva, Matías Janick, Alberto Castrillo-Ferrer, Miguel Lago Casal, Chema Trujillo, Rosario Pardo,.

 

 Ramón es un joven apocado a punto de heredar el imperio levantado por su riguroso y hermético padre. Bermejo es un veraneante metódico enfermizo del orden y enemigo de la improvisación. Ayoub, un africano sin papeles que persigue su sueño acompañado por una mujer insoportable. Y Alipio es un pequeño empresario sumido en la ludopatía y la desesperación... Los cuatro protagonizan estas historias de humor interconectadas que nos llevan a la conclusión de que nada es tan divertido como la desgracia ajena.

 

 

TITULO: REVISTA DON BALÓN - HABLAMOS - Mundial 3 x3  - Baloncesto - La selección masculina de baloncesto 3x3 logra un histórico oro en la Copa del Mundo,.

 

Mundial 3 x3  - Baloncesto - La selección masculina de baloncesto 3x3 logra un histórico oro en la Copa del Mundo,.

 De izquierda, Diego de Blas, Carlos Martínez, Iván Aurrecoechea y Guim Expósito, con la medalla de oro.

foto -  De izquierda, Diego de Blas, Carlos Martínez, Iván Aurrecoechea y Guim Expósito, con la medalla de oro.

Carlos Martínez, Diego de Blas, Iván Aurrecoechea y Guim Expósito se apuntan la primera gran medalla al vencer en la final a Suiza por 21-17,.

 España escribe la historia también en el baloncesto 3x3. Si la selección femenina conquistó una inolvidable plata en los pasados Juegos de París y poco después se coronó como reina europea, el conjunto masculino también ha derribado la puerta a lo grande y este domingo en Mongolia ha logrado la medalla de oro después de vencer en la final a Suiza por 21-17 (la selección femenina cayó en cuartos de la competición frente a Canadá).

Se llaman Carlos Martínez, Diego de Blas, Iván Aurrecoechea y Guim Expósito y fueron los cuatro elegidos para representar a España en esta Copa del Mundo después del trabajo con un grupo más amplio. Los antecedentes no invitaban a una gesta. La selección masculina coleccionaba hasta ahora un cuarto puesto europeo en 2019 y otro cuarto puesto mundial en 2016, y no se clasificó para los Juegos de París en esta modalidad tan reciente. Pero algo explotó en Mongolia y este domingo vencieron primero a Alemania en las semifinales por 21-15 y apenas un par de horas después a Suiza en la final.

El bingo es histórico y simboliza el gran crecimiento del 3x3 en España. Los hombres heredan los últimos triunfos de las mujeres con la meta puesta en la cita de Los Ángeles 2028. El avance es firme pese a la teórica inferioridad respecto a otras selecciones: hay 17 jugadores entre los 250 primeros del ránking de la FIBA y la selección ocupaba hasta este Mundial el puesto número 11 en categoría masculina, y el primero sin un equipo oficial de World Tour cuando las grandes potencias tienen jugadores que se dedican en exclusiva a esta modalidad. En España no suele ser el caso. Diego de Blas ha dejado recientemente el 5x5 para especializarse en el 3x3. Junto a sus compañeros, ya es campeón del mundo.

 

 TITULO:  Informe Semanal - Todo arde , Toque a fuego en las médulas,.Sabado - 16 , 23, 30 - Agosto ,.  

 El Sabado - 16 , 23, 30 - Agosto  a las 21:30 por La 1, fotos,.

 Todo arde', este sábado 16 de agosto en 'Informe Semanal'

Todo arde

“¡España arde!” Es el titular más repetido. Galicia, Extremadura y Castilla León son las comunidades más afectadas, aunque otras cuatro viven en vilo. Decenas de incendios se han sucedido en el país y miles de personas han sido evacuadas. Algunas han dormido en la calle, otras en casa de familiares,o atendidos en albergues en polideportivos en zonas seguras.

Para los vecinos de algunos pueblos de Zamora, la historia se repite. Ya sufrieron los estragos del incendio de la Sierra de La Culebra en 2022 y ahora vuelven a ver arder su monte. La superficie arrasada hasta el momento es ya mayor que la ciudad de Almería, y va camino de convertirse en el más extenso de la historia de España. Y lo peor de todo es que, además de la destrucción material, ya se ha cobrado la vida de dos voluntarios que participaban en las labores de extinción. Hay un tercer fallecido en el incendio de Tres Cantos, en Madrid.

No hay un denominador común en toda esta oleada de fuegos, pero hay un factor determinante para todos ellos, como sugiere el ecólogo José Manuel Moreno: "El cambio climático aumenta la capacidad de ignición, aumenta la probabilidad de que el fuego recorra grandes superficies". El Gobierno ha declarado la fase de preemergencia. Incluso ha pedido ayuda a Europa para reforzar la lucha contra los incendios forestales. Solo en estos días de agosto ha ardido el 66% de toda la superficie calcinada por incendios forestales en lo que va de año, según la información de Copernicus, el programa de observación satelital de la Unión Europea.

La pregunta que muchos se hacen es si estábamos preparados para afrontar una oleada de incendios de tal magnitud, sobre todo en un año en el que ha llovido mucho en primavera y eso ha llenado los bosques de vegetación descontrolada. “Durante las últimas semanas hemos sido testigos de una continuación de olas de calor", explica David Álvarez García, portavoz del Colegio de Ingenieros Forestales. "Hemos tenido situaciones de más de 30 grados de temperatura, humedad relativa del aire inferior al 30% y una velocidad del aire superior a 30 kilómetros hora”. No es la única causa. La mayoría de los incendios de esta semana se han producido en zonas de la llamada España vaciada. El medio rural está abandonado y no se invierte los suficiente en prevención y gestión forestal. Los trabajadores de los operativos anti-incendios se quejan de esto. "Estamos agotados y cansados. Había mucha maleza en los montes, se veía venir". "Para prevenir los incendios no solo se trata de hacer activa la prevención través de tratamientos servícolas”, insiste David Álvarez. “Tenemos que incorporar otros elementos que han estado tradicionalmente en el campo, como son la agricultura y la ganadería extensiva y volverlos a llevar al monte. Los testimonios de los que lo han perdido casi todo están cargados de dolor. El rastro que deja el fuego va cargado de pérdidas materiales y naturales, pero también de recuerdos.

 Informe Semanal - Programa de actualidad en RTVE Play

Toque a fuego en las médulas

‘Informe Semanal’ viaja a Las Médulas, en el Bierzo Leones. Allí las llamas han devastado gran parte del patrimonio natural de este paraje singular, declarado Patrimonio de la Humanidad por la Unesco en 1997. Las Médulas es un paisaje cultural formado por una mina de oro que hicieron los romanos entre los siglos I y II después de Cristo. "La mejor mina romana de Europa", afirma el arqueólogo Javier Sánchez Palencia. Pero las llamas han transformado en pocos días ese paisaje. "El sentimiento que tengo yo ahora mismo es de vergüenza. ¿Por qué esto se puede producir en el año 2025? Porque evidentemente no se han puesto todos los todos los medios humanos y técnicos necesarios para preservarla”. No solo lo afirma Javier Sánchez Palencia; es una reclamación de muchos. Los vecinos cuentan que el sábado 9 de agosto un pequeño incendio se declaraba en Yeres, uno de los pueblos del municipio de Carucedo al que pertenecen Las Médulas, que parecía estar controlado, pero el domingo 10 cambio el viento y llegó el caos. “Se descontroló el fuego. No había nadie. Ni helicópteros, ni brigadas, ni nada. Estábamos solos”.

El programa ha hablado con el director del operativo de extinción del incendio sobre las circunstancias que han favorecido la magnitud de este desastre. "Las temperaturas están cinco grados por encima. La humedad relativa es algo que a nosotros nos influye mucho. En Ponferrada hace 15 años, durante la noche, era del 90 al 100%. Siempre había rocío y ahora no hay. Ahora tenemos unas relativas máximas del 40% por la noche. Eso hace que la vegetación se seque y genera llamas de mucha más amplitud”.

El fuego rodeó Las Médulas por los dos lados. Alfonso Fernández Pacios, alcalde de Carucedo, explica que el sentir de los vecinos es de abandono total. La destrucción del paraje va a suponer una alteración de la zona. "Las Médulas es un paisaje explosivo en cuanto a color, por el contraste entre el verde de los castaños centenarios y otra vegetación, el rojo de la caliza y el azul del cielo. Ahora todo es negro y rojo tiznado". La mayoría viven de la explotación de la madera de los castaños centenarios, que se han quemado prácticamente todos, y del turismo. " Nací aquí y es una suerte y un privilegio trabajar en el sitio en que has nacido, una mina de oro que te sigue dejando oro. Pero ahora, he perdido mi negocio". Lo cuenta Fina que, como todos, pide a las administraciones un plan de prevención integral para proteger las Médulas, sin olvidar a sus gentes. "Hay que escuchar al lugareño, que somos los verdaderos guardianes del territorio”.

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