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sábado, 18 de enero de 2025

DESAYUNO - CENA - MARTES - MIERCOLES -JUEVES - VIERNES - Rosa Belmonte - Inventarse las reglas ,. / EL PAPEL HIGIENICO ROJO - EL D.N.I. - La ley de impunidades ,. / Donde comen dos - Sardinas Cuca - Aprende a preparar deliciosos muffins con estos prácticos utensilios ,.

 

TITULO: DESAYUNO - CENA - MARTES - MIERCOLES - JUEVES - VIERNES -   Rosa Belmonte - Inventarse las reglas  ,.

 DESAYUNO - CENA - MARTES - MIERCOLES -JUEVES - VIERNES -  Rosa Belmonte - Inventarse las reglas , fotos,.

  Rosa Belmonte - Inventarse las reglas,.

 Rosa Belmonte | Onda Cero Radio

  Rosa Belmonte ,.

 

Los que no lucharon contra el franquismo ni contra el fascismo luchan ahora contra Vox y el PP,.

 

 Taza De Café Caliente Y Torta De Chocolate En La Mesa De Madera Oscura  Fotos, retratos, imágenes y fotografía de archivo libres de derecho. Image  36922819

(Desayuno)

 De la misma manera que Ana Belén dijo a Évole aquello de «el comunismo aquí en España, ¿a ti te ha hecho algo malo?», podríamos utilizar el fascismo. Aquí en España. Ahora. ¿Qué te ha hecho el fascismo? Un cura de Segovia se niega a dar la comunión a un homosexual. Al alcalde del pueblo. Pero no es el fascismo, es la Iglesia. Es un cura. Es la Iglesia. Y según el obispado, no es por homosexual, es por vivir como si estuviera casado sin estarlo. Que habría pasado lo mismo con un heterosexual. Con un hombre amancebado con una mujer. No sé. Ana Belén hablaba de eso por Ayuso y su «comunismo o libertad» .

 

 Bacon, huevos fritos y patatas fritas. Foto de stock 102489884 |  Shutterstock

 (Cena )

 Quería titular este artículo El lenguaje y sus ausentes. Quería apuntar hacia todos aquellos que no caben en nuestras palabras ni en sus usos gramaticales. Quería señalar a los ausentes, a las ausentes. Pero en el gesto mismo de señalar empiezan ya los problemas: ¿“sus” ausentes son ellos?, ¿son ellas?, ¿son las características, condiciones y relaciones que ni siquiera son de ellos o de ellas? En cada pronombre estamos tomando una decisión. En cada terminación, una posición. En cada ausencia se esconde una violencia. Y toda violencia puede ser rastreada y contestada,.

TITULO:   EL PAPEL HIGIENICO ROJO -  EL D.N.I. - La ley de impunidades ,.

 EL PAPEL HIGIENICO ROJO - EL D.N.I. - La ley de impunidades ,fotos,.

 La ley de impunidades,.

 La enmienda para salvar a Puigdemont: terrorismo según la UE, traición según la ONU y malversación con enriquecimiento

La presente ley orgánica amnistía los actos que hayan sido declarados o estuvieran tipificados como delitos o como conductas determinantes de responsabilidad administrativa o contable, vinculados a la consulta celebrada en Cataluña el 9 de noviembre de 2014 y al referéndum de 1 de octubre de 2017 (declarados ambos inconstitucionales en las sentencias del Tribunal Constitucional 31/2015, de 25 de febrero, y 114/2017, de 17 de octubre), que se hubiesen 

 

realizado entre el 1 de noviembre de 2011 enero de 2012, año en el que cuando comenzaron a desarrollarse los hechos del proceso independentista, y el 13 de noviembre de 2023. La amnistía abarca no solo la organización y celebración de la consulta y el referéndum, sino también otros posibles ilícitos que guardan una profunda conexión con los mismos, como pueden ser, a modo de ejemplo, los actos preparatorios, las diferentes acciones de protesta para 

 

 

permitir su celebración o mostrar oposición al procesamiento o condena de sus responsables, incluyendo también la asistencia, colaboración, asesoramiento o representación de cualquier tipo, protección y seguridad a los responsables, así como todos los actos objeto de la presente ley que acreditan una tensión política, social e institucional que esta norma aspira a resolver de acuerdo con las facultades que la Constitución confiere a las Cortes Generales.

[…]

La aprobación de esta ley orgánica se entiende, por tanto, como un paso necesario para superar las tensiones referidas y eliminar algunas de las circunstancias que provocan la desafección que mantiene alejada de las instituciones estatales a una parte de la población. Unas consecuencias, además, que podrían agravarse en los próximos años a medida que se sustancien procedimientos judiciales que afectan no solo a los líderes de aquel proceso (que son los menos), sino también a los múltiples casos de ciudadanos e incluso a empleados públicos que ejercen funciones esenciales en la administración autonómica y local y cuyo procesamiento y eventual condena e inhabilitación produciría un trastorno grave en el funcionamiento de los servicios en la vida diaria de sus vecinos y, en definitiva, en la convivencia social. Así pues, la consecución del objetivo de esta norma pasa por finalizar la ejecución de las condenas y los procesos judiciales que afectan a todas las personas, sin excepción, que participaron en el proceso independentista.

Con la aprobación de esta ley orgánica, por tanto, lo que el legislador pretende es excepcionar la aplicación de normas vigentes a unos hechos acontecidos en el contexto del proceso independentista catalán en aras del interés general, consistente en garantizar la convivencia dentro del Estado de Derecho, y generar un contexto social, político e institucional que fomente la estabilidad económica y el progreso cultural y social tanto de Cataluña como del conjunto de España, sirviendo al mismo tiempo de base para la superación de un conflicto político.

[…]

Se modifican los párrafos séptimo y décimo y se añade un NUEVO párrafo decimotercero al apartado V

[…]

La razonabilidad de la misma se vincula a la justificación objetiva y razonable de su singularidad, que se enmarca en la necesidad de superar, como ya se ha puesto de manifiesto, la situación de alta tensión política que vivió la sociedad catalana de forma especialmente intensa desde finales de 2011 2012. Se consagra asi […]

[…]

Por otra parte, el carácter de ley singular que excepciona la aplicación de normas vigentes a los hechos acontecidos en un determinado contexto en aras del interés general deberá conllevar que los órganos judiciales que estuviera conociendo del procedimiento en el momento de la aprobación de esta ley alcen de inmediato las medidas restrictivas de derechos que hubieran sido adoptadas, incluso en aquellos casos en los que se produzca una eventual suspensión del procedimiento judicial. Esto es así toda vez que cualquier limitación del ejercicio de los derechos y libertades debe respetar siempre los requisitos establecidos en el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y la Constitución Española, garantizando una base legal sólida para las restricciones a los derechos y libertades.

[…]

En conclusión, esta ley busca proporcionar seguridad jurídica, el respeto por el principio de legalidad y un marco legal para la protección imparcial de los derechos fundamentales, teniendo en cuenta las recomendaciones de la Comisión de Venecia que, en su opinión de 2013, enfatizaba la importancia de mantener una distinción clara entre el poder legislativo y el judicial en la implementación de la amnistía, asegurando el respeto por la autonomía judicial y los principios democráticos.

Se modifica el apartado VI

VI

Esta ley consta de 16 artículos, divididos en tres títulos y tres disposiciones finales.

El Título I delimita el ámbito objetivo de la amnistía. A estos efectos, primero describe los actos tipificados como delito o determinantes de responsabilidad administrativa o contable ejecutados en el contexto del proceso independentista catalán y vinculados, de una u otra forma, a la consulta del 9 de noviembre de 2014 y al referéndum del 1 de octubre de 2017, declarados ambos inconstitucionales, que quedan exonerados, delimitando el periodo marco temporal en el que deben haberse producido desde el 1 de noviembre de 2011 de enero de 2012 hasta el 13 de noviembre de 2023.

Después identifica los actos delictivos a los que, en todo caso, no resultará de aplicación esta amnistía, en el entendido de que no todo hecho ni delito puede ni merece ser amnistiado.

Esta aproximación, que en todo caso es abstracta, ya que en ningún caso implica una valoración acerca de la existencia de hechos susceptibles de ser incardinados en cada una de dichas exclusiones, es imprescindible conforme a lo señalado por la Comisión de Venecia del Consejo de Europa en su opinión de 11 de marzo de 2013, adoptada en su 94ª sesión plenaria. De manera que corresponde al poder legislativo el establecimiento de los criterios para ser beneficiado por la amnistía y corresponde al poder judicial identificar a las concretas personas comprendidas en el ámbito de aplicación establecido por el legislador.

Sobre este punto, cabe señalar que la identificación abstracta de determinadas exclusiones es un requisito necesario para que esta norma se incardine plenamente en los estándares internacionales sobre los actos inamnistiables que se han ido configurando a través de la jurisprudencia internacional, especialmente europea, y que responden a los principios básicos del derecho internacional y del derecho europeo en materia de derechos humanos.

Esta Ley de amnistía ha sido diseñada, por tanto, en coherencia con los compromisos europeos e internacionales en materia de derechos humanos, siguiendo directrices de tratados y organismos internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos. Se destaca la incorporación de exclusiones específicas para garantizar el cumplimiento de los estándares internacionales y responder a la jurisprudencia relevante, particularmente en lo que respecta a violaciones graves de derechos humanos, reflejando las posiciones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en casos como Marguš c. Croacia. Por todo ello se excluyen del ámbito de la ley los actos que constituyen graves violaciones de derechos humanos, tomando también en consideración las directrices del Consejo de Europa sobre la impunidad de violaciones graves de derechos humanos. Asimismo, se siguen las recomendaciones de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, distinguiendo entre infracciones graves y otras acciones que, sin cumplir con ciertos requisitos formales, no son necesariamente excluidas de la amnistía.

Este enfoque refleja un compromiso con la protección de los derechos fundamentales, equilibrando la amnistía con el respeto por los derechos humanos y los compromisos internacionales de España.

Un ejemplo de lo anterior es la referencia a los hechos previstos en el artículo 3 de la Directiva (UE) 2017/541 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, relativa a la lucha contra el terrorismo, o con el artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que prohíbe la tortura y las penas o tratos inhumanos o degradantes, que son un límite infranqueable, un claro ejemplo de ello. No obstante, conviene recordar que no todo acto degradante tiene encaje en dicho precepto, pues para ello se precisa que la acción, además de ser ilícita, alcance un nivel mínimo de gravedad. Así, de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, para que el acto sea considerado degradante con arreglo al artículo 3 del mencionado convenio, usualmente será preciso que las lesiones corporales ocasionadas o el sufrimiento experimentado por la víctima revistan cierta intensidad o, en todo caso, sean capaces de quebrar la resistencia moral o física de una persona. Se opta por un criterio restrictivo de exclusiones en la aplicación de la presente ley, debido a que determinadas conductas podrían generar confusión con otros delitos, lo que sucedería en algunas acciones comprendidas en el Capítulo VII del Título XXII del Libro II del Código Penal.

De acuerdo con las directrices de la Comisión de Venecia, se ha establecido una definición precisa y detallada para los actos susceptibles de ser amnistiados, con el fin de garantizar la seguridad jurídica y la igualdad ante la ley. Esto resulta crucial, en particular, al abordar los delitos de malversación, diferenciando claramente entre las acciones que pueden ser amnistiadas y los actos de corrupción, a los que no es aplicable tal medida.

La presente norma especifica que sólo los actos de malversación dirigidos a los fines mencionados en la ley pueden acogerse a ella, excluyendo expresamente aquellos que implican un enriquecimiento personal o beneficio patrimonial.

En ese sentido sólo podrán beneficiarse de la amnistía aquellos actos en que los fondos públicos se destinaron a la preparación, realización y consecuencias de las consultas del 9 de noviembre de 2014 y el referéndum del 1 de octubre de 2017, así como los que se destinaron a reivindicar, promover o procurar la independencia de Cataluña.

Sobre el artículo 1.1, conviene precisar que el hecho de que la presente ley extienda la amnistía a las acciones delictivas que pudieran haberse ejecutado en la defensa de la legalidad y del orden constitucional no supone demérito o reproche alguno para los colectivos concernidos. En ningún caso implica la criminalización de los funcionarios que intervinieron en defensa del orden público, pues la presunción de inocencia es un principio básico de nuestro ordenamiento jurídico. Lejos de ello, persigue aliviar la situación procesal de los encausados y con ello las tensiones derivadas de unos hechos que se enmarcaron en un determinado momento y como consecuencia de las tensiones existentes entonces y a lo largo de más de diez años. Asimismo, la presente ley aspira a sentar unas sólidas bases para, de una vez por todas, continuar mitigando las consecuencias de un conflicto que jamás debió producirse y que, a pesar de los pasos de los últimos años, aún sigue latente.

El Título II describe los efectos de la exoneración de responsabilidad que supone la aprobación de esta medida en el ámbito penal, administrativo y contable. Asimismo, dedica un artículo a concretar las consecuencias que se derivan de dicha exoneración para los empleados públicos. Y, por último, determina que la amnistía no dará derecho a percibir indemnización alguna, ni dará lugar a la restitución de las cantidades abonadas en concepto de multa o sanción salvo las satisfechas por imposición de sanciones leves y graves al amparo de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, siempre que concurran para ello criterios de proporcionalidad según estime la Administración que impuso la sanción, ni exonerará la responsabilidad civil frente a particulares.

Y, por último, el Título III identifica la competencia para aplicar esta amnistía a cada caso concreto y describe el procedimiento en el orden penal y contencioso-administrativo, así como en el ámbito administrativo y contable, estableciendo un plazo de prescripción de cinco años para que los afectados puedan solicitar la amnistía aquí reconocida. Adicionalmente, se reconoce la posibilidad de interponer los recursos que en Derecho procedan contra las resoluciones que se dicten en aplicación de esta ley.

Por su parte, la disposición final segunda tiene por objeto modificar el artículo 130 del Código Penal para incluir expresamente la amnistía como un supuesto de extinción de responsabilidad criminal, en línea con las previsiones que ya contiene la Ley de Enjuiciamiento Criminal. La disposición final primera tiene por objeto modificar el artículo 39 de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas, para adaptarlo a la entrada en vigor de la presente ley. Y la disposición final tercera determina que esta ley entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Por todo lo expuesto, y atendiendo al ámbito penal de esta regulación (artículo 149.1.6.ª CE) y a su afección a derechos fundamentales (artículo 81.1 CE), las Cortes Generales aprueban la siguiente ley orgánica.

 

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 Aprende a preparar deliciosos muffins con estos prácticos utensilios,.

 Aprende a preparar deliciosos muffins con estos prácticos utensilios

En De Tiendas te vamos a enseñar a preparar muffins de arándanos para que tengas desayuno y merienda siempre que quieras

Sardinas picantes | Conservas Cuca

Un día de esta semana resérvate un rato para ti y anímate a preparar esta sencilla receta. Un capricho dulce que gusta tanto a los mayores como a los más peques de la casa. Sigue paso a paso esta sencilla receta y sácale partido a tu horno en estas tardes de otoño.


Receta de muffins de arándanos

Estos son los ingredientes que necesitas para preparar unas 10 muffins de arándanos. Evidentemente, según el molde que utilices, puedes sacar más o menos. Todo depende de lo que dispongas en casa o si prefieres muffins de mayor o de menor tamaño.

INGREDIENTES

- 320 g de harina de trigo

- 12 g de levadura química

- 85 g de mantequilla sin sal

- 215 g de azúcar

- 230 ml de leche

- 3 huevos grandes

- 325 g de arándanos

- 1 cucharadita de extracto de vainilla

- Un poco de sal

Lo primero que tienes que hacer es tener todos estos ingredientes a mano. Recuerda que es muy importante mezclar por separado los ingredientes secos y los húmedos para obtener una mejor textura. Con esto listo… ¡empezamos!

PASO 1) Vierte en un bol la mantequilla y el azúcar. Mézclalos hasta que ambos formen una masa compacta. Tienen que estar bien integrados, así que te recomiendo que derritas un poco la mantequilla o que la tengas reservada previamente a temperatura ambiente. Buscamos una textura cremosa, que no esté ni muy sólida ni muy líquida.

PASO 2) Sin dejar de remover, incorpora a la masa 1 huevo y sólo las 2 yemas de los otros dos, dejando las claras fuera. En este momento, también debemos incorporar el extracto de vainilla. Te recomiendo que batas (a mano o a máquina) durante unos 10 minutos. Cuanto más aireada esté la mezcla más esponjosa quedarán tus muffins.

PASO 3) Añade en un bol la harina, la levadura y una pizca de sal y tamízalo todo para asegurar que no queden grumos. Después, ve incorporando en varias tandas un poco de harina y un poco de leche. Realiza movimientos envolventes para agregar e incorporar los ingredientes de manera que la masa no se baje por completo.

PASO 4) Con todos los ingredientes, tanto secos como húmedos incorporados en una masa con cuerpo, vertemos los arándanos. Te aconsejo que los vayas añadiendo despacio para que la masa, de nuevo, no baje.

PASO 5) Elige el molde que prefieras y vierte la masa. No olvides que debes dejar espacio para cuando las muffins suban, así que te recomiendo que los llenes sólo un poco más de la mitad. Si quieres, puedes añadirle un poco de azúcar por encima a cada una para agregarle color y dulzor a tus muffins.

PASO 6) Con el horno precalentado a 190º, introduce la bandeja de muffins y déjalas hornear entre 25 y 30 minutos, dependiendo de la potencia de tu horno. ¡Y listo!

Y por si te falta algo con lo que prepararlas, aquí tienes una pequeña selección de utensilios para que tengas todo lo que necesitas en tu cocina.

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