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miércoles, 14 de septiembre de 2022

LA HORMA DE MI ZAPATO, EL OBJETO Y YO, ZAPATILLAS VIEJAS - MORTADELO Y FILEMÓN - Revista Grada - Las becas de Ayuso para rentas altas, un debate más ideológico que jurídico ,. / Peter Falk, el teniente Colombo y el perro - Argentina salda con diez cadenas perpetuas los delitos cometidos en Campo de Mayo, el mayor centro clandestino del Ejército en la dictadura,. / HOY LE TOCA - El Badajoz sostiene que en septiembre se fijará un nuevo plazo para el pago a Parra,.

 

 TITULO : LA HORMA DE MI ZAPATO, EL OBJETO Y YO, ZAPATILLAS VIEJAS - MORTADELO Y FILEMÓN - Revista Grada  -Las becas de Ayuso para rentas altas, un debate más ideológico que jurídico ,.

 LA HORMA DE  MI ZAPATO, EL OBJETO Y YO, ZAPATILLAS VIEJAS - MORTADELO Y FILEMÓN -   Revista Grada - Las becas de Ayuso para rentas altas, un debate más ideológico que jurídico ,.  , fotos,.

Las becas de Ayuso para rentas altas, un debate más ideológico que jurídico,.

 Las becas de Ayuso para rentas altas, un debate más ideológico que jurídico  | España | EL PAÍS

foto / Los juristas consultados se inclinan por incluir la medida en el margen discrecional del poder ejecutivo, aunque apuntan a una posible discriminación “de facto” de las rentas bajas y un uso poco “equitativo” de los recursos,.

 

La decisión de la Comunidad de Madrid de ofrecer becas para estudiar en centros privados a familias con rentas superiores a 100.000 euros ha soliviantado a los partidos de izquierdas, que consideran que favorece la desigualdad. Pero, al margen de la crítica política, algunos líderes han cuestionado la iniciativa desde el punto de vista jurídico porque, aseguran, vulnera preceptos constitucionales. 

 

 

El diputado del PSE-PSOE por Gipuzkoa Odon Elorza reclamó ayer al Gobierno que la recurra y calificó la iniciativa de Madrid de “ataque al valor constitucional de la equidad”. La mayoría de los juristas consultados se inclinan, sin embargo, por considerar que la decisión de flexibilizar los criterios de acceso a la beca entra dentro del margen discrecional del Gobierno regional, aunque algunos de ellos no descartan que pudiera prosperar una hipotética impugnación por no realizar una asignación equitativa del gasto público o por excluir “de facto” a las rentas bajas, ya que las becas solo cubren parte del coste del curso y las familias con pocos recursos no pueden pagar el resto.

El Gobierno de Díaz Ayuso esgrime como argumento la libertad de elección educativa. ¿Pero a qué se refiere esa libertad? El artículo 27 de la Constitución blinda el derecho a la educación y a la libertad de enseñanza, y el derecho de los padres “para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones”. Pero ello, coinciden los juristas, ya está garantizado en la escuela pública y en la privada concertada, por lo que no hace falta subvencionar centros privados. En este sentido, opina Carlos Vidal Prado, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad a Distancia (UNED), quien recuerda que el Constitucional ya estableció que esa libertad de elección no significa que la Administración esté obligada a darte una plaza para estudiar en el centro que tú quieras: “La libertad de elección es que las familias lleven a sus hijos a un centro religioso o laico de iniciativa privada, y para eso están los conciertos”, señala Vidal Prado, quien, no obstante, considera difícil cuestionar jurídicamente la medida de Madrid.

En el mismo punto se sitúa el catedrático de la Universidad de Granada Agustín Ruiz Robledo, para quien las becas anunciadas son “una decisión política” con difícil cuestionamiento jurídico. Con todo, ambos coinciden en que las ayudas de Madrid para estudiar en centros privados, al no cubrir el coste completo del curso, excluyen de facto a las rentas bajas, porque estas no pueden sufragar el importe restante. “En la práctica está creando una discriminación, excluye a la clase obrera en beneficio de una minoría que ya podía pagarse de todas formas esos estudios”, señala Ruiz Robredo, que apunta a la posibilidad de debatir una vulneración del artículo 14 de la Constitución que establece que todos los españoles son iguales ante la ley. Marc Carrillo, catedrático de Constitucional de la Pompeu Fabra, incide en este aspecto: en la medida adoptada por Madrid, la cuestión no está en la libertad de elección del ciudadano. El problema, dice, es de clara discriminación por razones de capacidad económica.

Frente a esta opinión se sitúa el exmagistrado del Constitucional y catedrático de Filosofía del Derecho Andrés Ollero, para quien “el derecho a la educación es individual” y “sería absurdo ignorar el condicionamiento familiar, y ello explica que se tenga en cuenta la situación económica”. “Pero no menos absurdo sería –añade- negar reconocimiento al mérito”. Otra cuestión es la propia función de las becas educativas y sus condiciones, sobre la que el Constitucional ya se ha pronunciado. Miguel Sánchez Morón, catedrático de Administrativo en la Universidad de Alcalá, recuerda que la finalidad constitucional de las becas es garantizar la igualdad real del derecho a la educación, asegurando que nadie quede excluido por razones económicas. “Un sistema de becas educativas que beneficie a familias de rentas altas”, sostiene, “podría desviarse de tal justificación y, por eso, ser contradictorio con la regulación constitucional del derecho a la educación”.

Juan María Bilbao, catedrático de Constitucional de la Universidad de Valladolid, advierte que la Constitución no impone un deber de subvencionar el acceso a todos los centros docentes y cita la sentencia 86/1985, de la que fue ponente Francisco Rubio Llorente: “Los recursos públicos no han de acudir, incondicionadamente, allá donde vayan las preferencias individuales”. El legislador puede extender esa ayuda a los alumnos de las universidades privadas, pero a este catedrático le genera “muchas dudas” la decisión de “elevar de una forma exponencial los umbrales de renta para poder acceder a las becas o ayudas de estudio”. “Infringe manifiestamente las pautas constitucionales orientadoras del gasto público”, señala. Esta es otra de las cuestiones a las que aluden varios de los juristas consultados, que citan el artículo 31.2 de la Constitución: “El gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía”.

Luis López Guerra, exvicepresidente del Constitucional, incide en que los poderes públicos tienen margen para ampliar sus prestaciones, más allá de sus obligaciones constitucionales, siempre respetando el principio de igualdad. “Esa tarea le corresponde, con un margen de apreciación, al legislador o al gobierno del momento, según su programa político y su orden de prioridades”, subraya. “Pero ya no se trata de satisfacer derechos constitucionales, sino de llevar a cabo una línea de actuación derivada de preferencias políticas e ideológicas. En otras palabras, no toda política educativa resulta de los mandatos de la Constitución, sino en gran manera de la voluntad, ideología y objetivos políticos de sus autores”, concluye el exvicepresidente del tribunal.

 

TITULO: Peter Falk, el teniente Colombo y el perro -  Argentina salda con diez cadenas perpetuas los delitos cometidos en Campo de Mayo, el mayor centro clandestino del Ejército en la dictadura,.


Peter Falk, el teniente Colombo y el perro -  Argentina salda con diez cadenas perpetuas los delitos cometidos en Campo de Mayo, el mayor centro clandestino del Ejército en la dictadura ,.    , fotos,.

 

 

Argentina salda con diez cadenas perpetuas los delitos cometidos en Campo de Mayo, el mayor centro clandestino del Ejército en la dictadura,.

 La Perla: Argentina condena a cadena perpetua a 28 represores de la  dictadura | EL PAÍS Argentina

Un tribunal federal sentencia a 19 imputados por crímenes de lesa humanidad contra 323 víctimas,.

 

 

Cada cadena perpetua fue recibida con fuertes aplausos este miércoles a las afueras de los tribunales federales de San Martín, en el extrarradio de Buenos Aires. El excomandante Santiago Omar Riveros y otros nueve imputados por crímenes de lesa humanidad perpetrados en el predio militar de Campo de Mayo durante la última dictadura argentina fueron condenados este miércoles a la pena máxima. Los demás recibieron penas de entre cuatro y 22 años en la sentencia de uno de los mayores juicios por delitos de lesa humanidad de la historia del país sudamericano, el de la megacausa de Campo de Mayo, en el que se juzgaban delitos perpetrados contra 323 víctimas.

 

 

Campo de Mayo, a menos de 30 kilómetros de Buenos Aires, es el mayor complejo del Ejército de Argentina, con 5. 000 hectáreas. Durante el régimen militar que estuvo en el poder entre 1976 y 1983, funcionó allí de clandestina un centro de detención y torturas y una maternidad en la que mujeres secuestradas dieron a luz bebés que después fueron entregados a apropiadores bajo otra identidad. Desde Campo de Mayo también se dirigió la actividad represiva estatal en la zona norte del conurbano bonaerense.

En la larguísima lectura de la sentencia —duró casi dos horas—, el excomandante de Institutos Militares Santiago Omar Riveros, quien tenía bajo su órbita todo lo que ocurría en Campo de Mayo, fue el primero en ser condenado a cadena perpetua. Los jueces consideraron probados todos los delitos que se le imputaban contra más de 200 víctimas, como privación ilegal de la libertad e imposición de tormentos agravados, entre muchos otros.

Riveros ya había recibido la pena máxima en más de una docena de juicios, entre ellos en el histórico veredicto del pasado lunes, que consideró probada la existencia de ‘vuelos de la muerte’ que partieron desde Campo de Mayo con detenidos que fueron arrojados vivos desde el aire al Río de la Plata. El exjefe militar, de 98 años, escuchó el veredicto desde su casa, donde cumple prisión domiciliaria debido a problemas de salud.

A su vez fueron condenados a cadena perpetua los miembros de la plana mayor de la Zona de Defensa IV —Luis del Valle Arce, Carlos Javier Tamini, Mario Domínguez— y el ex jefe del área militar 420, Luis Sadi Pepa. Completan la lista de los diez represores sentenciados a la pena máxima Carlos Somoza, Francisco Agostino, Luis Britos y Miguel Conde.

Este ha sido el mayor juicio por delitos de lesa humanidad celebrado en Argentina desde la anulación, en 2006, de los indultos a los jerarcas del régimen militar y la derogación de las leyes de impunidad. Solo se lo puede comprar, por cantidad de víctimas y casos juzgados, a otro similar, el de la megacausa de la Escuela Superior de Mecánica de la Armada (ESMA), que en 2017 condenó a los responsables de los delitos perpetrados en este centro clandestino de detención de la Marina que funcionó frente a una de las grandes avenidas de Buenos Aires. Ambos son un gran paso en el largo camino iniciado en Argentina en 1985, con el llamado Juicio a las Juntas.

La sentencia de este miércoles llega después de tres años de audiencias, en su mayoría realizadas de forma virtual debido a la pandemia de coronavirus, en las que los jueces escucharon a más de 700 testigos. El juicio, que comenzó en 2019, dio a conocer el funcionamiento de toda la estructura represiva de Campo de Mayo, en especial en el centro clandestino de detención de El Campito, el mayor a manos del Ejército. Hasta ahora, las causas relativas a los crímenes perpetrados en este predio militar habían sido elevadas de forma fragmentada.

Robo de bebés

Entre las 323 víctimas hubo 14 mujeres embarazadas cuyos hijos e hijas fueron apropiados. Entre ellos está Juana Colayago, que estaba embarazada de seis meses cuando fue secuestrada junto a su marido, Egidio Battistiol, y Leonor Landaburu, quien cursaba la última etapa de su embarazo. Ambas mujeres fueron secuestradas en agosto de 1977 y sus hijos siguen siendo buscados por Abuelas de Plaza de Mayo.

Las familias de los secuestrados “también fueron víctimas de estos hechos, pues contra ellas también se dirigieron las conductas de los imputados, al negarles deliberadamente información sobre el paradero de sus seres queridos”, dijo la abogada querellante Carolina Villella durante su alegato en el juicio.

“Las consecuencias de este accionar aún perduran en el presente, generando una carga de dolor y angustia a los familiares, que se sostienen en el tiempo”, agregó Villella.

Entre las víctimas figuran también decenas de obreros y delegados secuestrados de manera masiva en empresas como las automotrices Mercedes Benz y Ford, los astilleros Mestrina y el frigorífico Martín Fierro, entre muchas otras. Sin embargo, no hubo ningún responsable empresarial imputado.

Los organismos de derechos humanos estiman que al menos 4.000 detenidos pasaron por Campo de Mayo, de los que sobrevivió menos del 1%. Hace sólo dos días, otro tribunal federal de San Martín consideró probada la existencia de los vuelos de la muerte como método de exterminio y condenó a cuatro exmiembros del Batallón de Aviación 601 a cadena perpetua por su responsabilidad y participación en estos vuelos.

Debido al escaso número de sobrevivientes, una de las principales fuentes de ambos juicios fueron los exconscriptos, es decir, los jóvenes que realizaron el servicio militar obligatorio en aquellos años. Fueron testigos involuntarios que lograron sacar a la luz aquello que los altos mandos intentaron ocultar. También fueron relevantes los testimonios de los gendarmes de los escalafones más bajos, en especial los de aquellos que participaron en guardias en el exterior del centro de detención de El Campito y pudieron reconocer durante el juicio a varios de los responsables.

Los abogados querellantes han reconocido también la importancia de los archivos secretos hallados en el Ministerio de Defensa para reconstruir la estructura que se puso al servicio del plan sistemático de secuestros, torturas y desapariciones.

Han pasado 46 años desde el golpe de Estado con el que comenzó la última dictadura en Argentina, pero los juicios por los crímenes perpetrados en esos años continúan. Hasta marzo, un total de 1.058 personas habían sido condenadas por estos delitos en 273 sentencias, según el último relevamiento de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad.

 

 

TITULO : HOY LE TOCA -  El Badajoz sostiene que en septiembre se fijará un nuevo plazo para el pago a Parra,.

 

   El Badajoz sostiene que en septiembre se fijará un nuevo plazo para el pago a Parra,.

 

 El Badajoz sostiene que en septiembre se fijará un nuevo plazo para el pago  a Parra | Hoy

foto / Leonardo Casanova, director general del Badajoz.

El director general, Leonardo Casanova, transmite a Sentimiento Blanquinegro que la demora se debe a que se incumplieron las fechas de la firma del contrato,.

Desde que en el mes de junio se formalizara la venta de las acciones del Badajoz y se rubricara el cambio de manos del club de Joaquín Parra a Lanuspe y Atlantis, pocos datos se han aportado respecto al transcurso del proceso y de los pasos más inmediatos a seguir de cara al futuro más próximo de la entidad. Con múltiples frentes abiertos,.

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