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LAS HUCHAS DE LAS MONEDAS - Galán pide disculpas por sus declaraciones sobre los clientes del mercado regulado,.
LAS HUCHAS DE LAS MONEDAS - Galán pide disculpas por sus declaraciones sobre los clientes del mercado regulado , fotos,.
Galán pide disculpas por sus declaraciones sobre los clientes del mercado regulado,.
Calviño acusa al presidente de Iberdrola de «falta de empatía» mientras que Díaz califica sus palabras de «una vergüenza»,.
Apenas 24 horas después de sus polémicas declaraciones, el presidente de Iberdrola, Ignacio Galán, ha manifestado sus «sinceras disculpas» en el caso de que «alguien se sintiera ofendido» por unas afirmaciones que se desarrollaron «en un ambiente coloquial» y que no trataban de «zaherir» a ningún cliente de las eléctricas.
La disculpa ha llegado después de que Galán tratara de defender las bondades de las tarifas libres de electricidad -las que están acogidas a precios estables- haciendo hincapie en el error que cometen los clientes que aún se encuentran con la tarifa regulada, a los que tildó de «tontos» en un acto en Sagunto (Valencia). Iberdrola ha explicado que tanto el presidente como la empresa señalan que el único objetivo, en este caso, es que los ciudadanos «no paguen un sobreprecio por el consumo por cuestiones sobrevenidas como la regulada».
El arrepentimiento de Galán llegó horas después de que la vicepresidenta económica, Nadia Calviño, no durara en criticar la «ligereza y el tono» de las palabras del ejecuttivo, tras mostrarse asombrada por su «falta de empatía». Calviño recordó en una entrevista en TV3 que las compañías energéticas tienen una «responsabilidad especial» en este momento y que deberían «arrimar el hombro» ahora que el Gobierno lleva «tratando de bajar el coste de la luz» desde hace meses con un coste fiscal de unos 12.000 millones de euros.
Las declaraciones se produjeron en medio de la negociación del Gobierno con Bruselas por el límite del precio de la electricidad. Ayer, el presidente Pedro Sánchez aseguró que tras semanas de «arduas negociaciones técnicas» España y Portugal ya han enviado a la Comisión Europea la propuesta conjunta del mecanismo de tope del precio de la luz, «que confiamos será la definitiva». En su comparecencia en el Círculo de Economía, el presidente confió en contar con el visto bueno preliminar de Bruselas para poder ponerla en marcha «en los próximos días». Desde la Comisión aseguraron que se analizará la propuesta «lo antes posible», pero sin concretar fechas.
A Galán también le criticó duramente la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, que le pidió que rectifique «con carácter inmediato« sus declaraciones por «mofarse» de los más necesitados, unas palabras que calificó de «vergüenza». «Debe de rectificar con carácter inmediato, no es una persona cualquiera. Que una persona como él se mofe de las personas más necesitadas de nuestro país es una vergüenza», exigió Díaz en una rueda de prensa.
Asimismo, el ministro de Consumo, Alberto Garzón, aseguró en declaraciones a los medios que estas manifestaciones dicen «quién es la persona que las realiza» y pidió a Galán «respeto» a la ciudadanía que elige libremente su tarifa. «Cuando tienes que acceder a un abono social tienes que tener esa tarifa y, por tanto, estamos hablado de las personas más vulnerables de este país», señaló Garzón, antes de añadir que es un «exceso del que tendrá que dar cuenta el que lo ha realizado».
En medio de esta polémica, también Iberdrola inició este viernes una campaña en la que anima a los consumidores a suscribir contratos libres de luz por ser «más baratos» que la tarifa regulada. Desde la compañía aseguran que la tarifa libre asegura precios «estables» y afirman que 20 millones de hogares han visto cómo su recibo de la luz es «igual o menor» hoy que hace un año por tener tarifa libre.
Iberdrola critica que España es «el único país de Europa» cuya tarifa regulada «cambia cada hora», lo que genera a los clientes «más dudas e incertidumbre».
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50€ BILLETES - BILLETE 1.000 PESETAS - LOS ARBOLES PERDIDOS - Guía para cobrar la jubilación y mantener un trabajo remunerado,.
LOS 50€ BILLETES - BILLETE 1.000 PESETAS - LOS ARBOLES PERDIDOS - Guía para cobrar la jubilación y mantener un trabajo remunerado . , fotos,.
Guía para cobrar la jubilación y mantener un trabajo remunerado,.
Desde 2013 la Seguridad Social ofrece tres fórmulas que permiten cobrar la prestación al mismo tiempo que un salario,.
Pese a que la edad efectiva de acceso a la jubilación sigue por debajo de 65 años, en España hay 298.300 ocupados que ya los han cumplido. En total, suponen el 1,5% de la población activa. Se trata de un registro récord en el que confluyen varias causas. Por un lado, el progresivo retraso de la edad legal de jubilación y el también paulatino incremento del número de años cotizados necesarios para lograr el 100% de la pensión.
Por otro, pasar de asalariado a pensionista supone perder, de media, un 20% de los ingresos, lo que obliga a muchos a prolongar su vida laboral para sumar años extra de cotización y mejorar así su situación económica una vez retirados. Y por último, aunque la Seguridad Social asegura no disponer de datos que permitan evaluar su efecto, están las distintas fórmulas que permiten compatibilizar el cobro de la prestación por jubilación -en algunos casos íntegra- y un trabajo remunerado.
Con el 50% de la pensión
1. Jubilación activa
La primera opción la ofrece la llamada jubilación activa, a la que pueden acceder trabajadores de cualquier régimen de la Seguridad Social (salvo los funcionarios del Estado), independientemente de que realicen trabajos a tiempo completo o parcial.
Pese a que es válida tanto para asalariados como para autónomos, sus condiciones económicas son diferentes. Mientras trabajen, los primeros cobrarán el 50% de la pensión que les haya sido inicialmente reconocida sin importar la duración de la jornada laboral que realicen. Los autónomos, excepto cuando sean societarios o formen parte de una comunidad de bienes, pueden cobrar el 50% o saltar al 100% si a su vez emplean al menos a un trabajador. En un primer momento se admitía cualquier contratación, incluidos empleados del hogar, pero desde 2018 es necesario que esa persona realice la misma actividad que el autónomo. En ningún caso, ni asalariados ni autónomos pueden durante el tiempo que compaginen salario y pensión cobrar ni complementos por mínimos ni el correspondiente por la demora en la edad de jubilación.
En España hay 298.300 personas mayores de 65 años ocupadas, una cifra que representa el 1,45% de la población activa. De ellos, 59.700 tienen más de 70 años
POBLACIÓN ACTIVA
Para poder optar a esta fórmula hay que tener derecho al 100% de la base reguladora (de la pensión), lo que en la mayoría de los casos equivale para quienes se jubilen en 2022 a tener cotizados 36 años. Pero, ¡ojo!, no se puede solicitar nada más cumplir la edad ordinaria de jubilación; en enero cambiaron las condiciones de acceso y ahora es imprescindible seguir trabajando y cotizar al menos 12 meses completos a partir de esa fecha.
Otra novedad introducida este año libera a la empresa de la obligación de mantener su nivel de empleo durante el período en que el trabajador acogido a la jubilación activa permanezca en su puesto. Su única obligación ahora es la de cotizar por él. Tanto el empleado como la compañía (o autónomo) pagarán por incapacidad temporal y contingencias profesionales, cotizaciones a las que se añade una de 'solidaridad', que no es computable a efectos de prestaciones y asciende al 9% sobre la base de cotización por contingencias comunes. La empresa paga el 7% y el trabajador, el 2% restante.
Reduciendo la jornada
2. Jubilación parcial
La segunda de las opciones es la jubilación parcial, que permite tanto acortar como alargar la vida laboral. Es decir, una de las posibilidades que ofrece –la más conocida– es adelantar el retiro sin penalizaciones gracias a un contrato de relevo y, la otra, acordar con la empresa la continuidad en el puesto una vez alcanzada la edad de jubilación.
Cuando hay contrato de relevo, la edad a la que se puede acceder a la jubilación parcial varía en función de nuestra carrera de cotización, que siempre deberá superar los 33 años. En 2022 se puede solicitar a partir los de 63 años y cuatro meses o de los 62 años y dos meses si se cuenta con 35 años y medio cotizados. Como excepción, hasta enero los trabajadores de industrias manufactureras pueden acceder al cumplir los 61.
Los autónomos pueden cobrar el total de la pensión que les reconozcan si contratan a alguien dado de alta en su mismo epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
CON EL 100%
Por otra parte, es necesario tener un contrato a tiempo completo y una antigüedad en la empresa de al menos seis años. La reducción de la jornada en este caso será de entre el 25% y 50% (el 67% en la industria manufacturera) en relación a un trabajador a tiempo completo de la misma compañía. Podrá llegarse al 75%, o incluso el 85%, si el contrato del relevista es a jornada completa y es por tiempo indefinido.
La cuantía de la pensión percibida durante ese período será inversamente proporcional a las horas trabajadas. Es decir, trabajar el 25% de la jornada equivale a cobrar el 75% de la pensión y alcanzar la mitad de la jornada equivale a renunciar al 50% de la prestación. Durante la duración del contrato, la base de cotización será equivalente al 95% de la que hubiera correspondido de seguir trabajando éste a jornada completa.
64,8 años es la edad media actual de acceso a la jubilación, frente a los 66 años y dos meses que, según la ley, deben tener quienes cuenten con menos de 37 años y medio cotizados
EDAD DE JUBILACIÓN
En la industria manufacturera, si la jubilación se pacta antes de este fin de año, la base de cotización del retirado parcial se reducirá proporcionalmente en función de la disminución de las horas trabajadas.
Si en cambio se recurre a la jubilación parcial para retrasar el retiro –o sea, sin contrato de relevo–, es necesario tener la edad legal y contar con un período mínimo de cotización de 15 años, de los que dos deben haber transcurrido durante los últimos 15. Estos empleados tienen la opción de trabajar a jornada completa o parcial. En este último caso, podrán reducir su horario entre un 25% y 50%.
Al igual que cuando existe contrato de relevo, la cuantía de la pensión que se percibe durante ese período será inversamente proporcional a las horas trabajadas. Mientras dure esta situación, empresa y trabajador cotizarán por el 95% de la base que hubiese correspondido a jornada completa. Una vez finalizada la vida laboral, la Seguridad Social recalculará las cotizaciones generadas durante ese tiempo extra para, en caso de que se haya generado ese derecho, incrementar la cuantía de la pensión de jubilación que ya le correspondía.
Regresar al tajo
3. Jubilación flexible
La tercera opción es la llamada jubilación flexible, que se da cuando el pensionista lo es ya de pleno derecho y decide reincorporarse a la actividad laboral, ya sea en la empresa en que trabajaba antes o en otra. En este caso el nuevo contrato ha de ser a tiempo parcial y por cuenta ajena, aunque con anterioridad se fuera autónomo.
La jornada laboral debe ser de entre el 50% y el 75% de la habitual en la empresa y ese mismo porcentaje será el que se reste a la pensión mientras dure el contrato. Por tanto, si se trabaja la mitad de la jornada, a la cuantía ordinaria de la pensión (lo que cobraba antes de reincorporase) se le quitará también la mitad.
Durante ese período, se cotizará del mismo modo en que lo hace cualquier otro trabajador. También en este caso, cuando se vuelva a la condición de jubilado, se recalcularán las cotizaciones generadas durante ese tiempo extra para incrementar la cuantía de la pensión previa a la reincorporación.
Mientras se trabaje, en la jubilación parcial o flexible la pensión se reduce acorde a la jornada laboral. Trabajar el 25% de las horas supone cobrar el 75% de la prestación
PROPORCIÓN
Continuar empleado sin solicitar la pensión
Salvo en algunas excepciones, como profesores universitarios, magistrados, jueces, fiscales y letrados de la Administración de Justicia, quien cumpla con los requisitos para jubilarse y quiera retrasar su acceso a la pensión puede seguir trabajando en las mismas condiciones en que ya ejerce. Es la llamada jubilación voluntaria demorada, una opción que por cada año trabajado de más aporta a sus beneficiarios un plus equivalente al 4% de la pensión que les hubiera correspondido de retirarse nada más alcanzar la edad legal. A día de hoy, con la pensión de jubilación media situada en los 1.255 euros mensuales, esto supone sumar 50,2 euros a cada una de las 14 pagas por cada año que se mantenga la actividad.
También existe la posibilidad de lograr una recompensa más inmediata y optar por el abono en un único pago en el momento de jubilarse de entre 5.000 y 12.000 euros (en función de los años cotizados de más) o de elegir una combinación de ambos pagos.
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